Informe de Francisco Antonio Crespo, inspector del ejército de la Nueva España, sobre la necesidad de arreglo de las compañías de los gremios de la ciudad de México, y la conveniencia de formar un escuadrón de caballería urbana con ellas, año 1784 gobernadores de las floridas

AuthorIgnacio Ruiz Rodríguez
Pages497-505
ANEXO I
INFORME DE FRANCISCO ANTONIO CRESPO,
INSPECTOR DEL EJÉRCITO DE LA NUEVA ESPAÑA,
SOBRE LA NECESIDAD DE ARREGLO
DE LAS COMPAÑÍAS DE LOS GREMIOS
DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
Y LA CONVENIENCIA DE FORMAR UN ESCUADRÓN
DE CABALLERÍA URBANA CON ELLAS, AÑO 17841038
1. Excelentísimo Señor. Cuando usted se sirvió expedir su superior precedente
Decreto, de 20 de febrero último, estaba dedicado el inspector al prolijo examen
de documentos y noticias que le instruyeron para formalizar el general dictamen,
sobre el mejor establecimiento y arreglo del ejército de Nueva España, y como una
de sus pequeñas partes se compone de las dos Compañías urbanas de Caballería
de esta Capital, en que tienen obligación de servir todos los dueños de panaderías,
tocinerías y curtidurías, pareció más acertado al inspector suspender este informe
hasta poder combinarlo con los demás puntos que abraza el expresado general
dictamen.
2. En efecto, trata del arreglo de estas Compañías en el párrafo 324 y en las
notas del Cuaderno instructivo n.º 3, pero aquí repetirá sus noticias y reflexiones
ampliándolas y fundándolas, de modo que usted pueda tomar resolución determi-
nante para que esta tropa de milicias urbanas se ponga con respecto a su clase en
el mejor estado de servicio.
3. La compañía del gremio de panaderos se formó el año de 1692, se le agregó
en el de 741 el de Curtidores, con cuyo aumento duplicó sus fuerzas y con meno-
res se creó en el mismo año 741 la otra compañía del gremio de tocineros.
4. No puede decirse que estas dos compañías hayan tenido fija dotación de pla-
zas por que el número de ellas lo han hecho distintamente el mayor o menor de
los dueños de Casas o Tiendas de los referidos dueños obligados al alistamiento.
5. Los nombres de estos individuos llenan las listas de las Compañías llenan las
listas de las Compañías pero sus Mayordomos o cajeros desempeñan el servicio
personal que corresponde a sus Amos. No puede ser de otro modo por que el tra-
1038 A.G.S, Secretaría del Consejo de Guerra, 6988, Exp. 5., Leg. 1., fols. 22 rº-33vº)

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